Código 213
Modalidad Seminario de Grado
Resumen

INTRODUCCIÓN

 

En el contexto de la información se obtendrá conocimiento de la legalidad en la contratación a menores de edad en la Ferretería las Metrópolis.

Se considera que el trabajo es toda actividad humana libre ya sea material o intelectual, permanente o transitoria;que una persona natural ejecuta conscientemente en servicio de otra y cualquiera que sea su finalidad,siempre que se efectué en ejecución de un contrato de trabajo; de tal manera que este acuerdo beneficie a las dos partes (empleador y trabajador).

Para los efectos de las leyes laborales se consideran mayores de edad y se encuentran facultados a contratar libremente la prestación de sus servicios los mayores de (18) dieciocho años, pero la norma autoriza excepcionalmente a celebrar contratos con menores de edadentre los (15) quince a los (17) diecisiete años solo para realizar trabajos ligeros que no perjudiquen su salud y desarrollo, siempre que cuenten con autorización expresa de sus padres, acudientes o inspector de trabajo.

Orientados en este proceso de contratación se debe tener en cuenta que existen pautas especiales para encaminar los contratos con menores de edad, por consiguiente se observará la forma correcta en que deben realizarse, esto con base a procedimientos necesarios para que sea eficiente dicho compromiso.

Algunos temas que se tratarán son el contrato de trabajo, forma del contrato, jornada laboral, autorizaciones y permisos especiales de trabajo para adolescentes, capacidad de trabajar de menores de edad, salario, seguridad social, prestaciones sociales, parafiscales, todos estos aspectos minuciosamente detallados para poder brindar solución al caso de Darwin Ballesteros Rivera, de nacionalidad Colombiano, menor de edad identificado con T.I. 961214-04360, vecino del municipio de Cartago (Valle del Cauca), con previa iniciación de sus actividades, que realiza y desarrolla funciones en la Ferretería Metrópolis, con labores relacionadas en el almacenamiento, organización de bodega; quien celebró un contrato verbal, en donde se estipula una jornada de trabajo semanal superior a las 40 horas, laborando de lunes a domingo, devengando como salario, el pago acordado de doce mil pesos($12.000) diarios, sin afiliación a seguridad social, ni derecho a prestaciones sociales.

Al tener en cuenta las pautas de legalidad de dicha contratación se evidencia que falla en varios aspectos que se deben tener en cuenta a la hora de vincular laboralmente un menor de edad, puesto que es necesario enmarcarse al código sustantivo de trabajo para realizar efectivamente una contratación. Este informe guiara uniformemente los pasos que debe concretar la Ferretería Metrópolis para efectuar una contratación.